EL CARTEL DE LOS COCHES

¿DE QUÉ SE TRATA EL “CÁRTEL DE LOS COCHES”?
Durante el pasado año 2013, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dictó y concluyó que la gran parte de las marcas fabricantes de coches que operaban en aquel momento en España, constituyeron una especie de “cártel” para intercambiarse entre ellas información confidencial sobre los potenciales clientes.
Ya en 2015 la CNMC comenzó a castigar dicha actuación, imponiendo a dichas marcas diversas multas millonarias, acusándoles de intercambiar, como hemos dicho antes, información confidencial para asegurarse el control del mercado de distribución y posventa. Estas actuaciones iban claramente en contra de las normas más elementales de la Competencia.
A mayor abundamiento, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado dichas multas, después de que todas ellas fueran desestimadas por la Audiencia Nacional, tras los correspondientes recursos de las compañías.
Por lo tanto, tanto de la decisión de la CNMC como de la ratificación del Tribunal Supremo, se desprende la posibilidad de los clientes compradores de automóviles de reclamar una indemnización a las compañías.

¿CÓMO SABER SI PUEDO RECLAMAR?
Para proceder a la reclamación indemnizatoria, deberíamos reunir 2 requisitos en relación a la adquisición del automóvil en cuestión, uno temporal y otro material.
En primer lugar, para tener derecho a la percepción de la misma, deberíamos haber adquirido el coche, ya sea mediante compraventa, renting o leasing, en el lapso temporal comprendido entre los años 2006 y 2013.
En segundo lugar, como sabemos, el llamado cártel no incluía a todas las marcas que operaban durante aquellos años en España. Dicho lo cual, la inmensa mayoría de empresas automovilísticas sí que se encontraban dentro de este grupo. Por lo expuesto, podremos reclamar la indemnización si la adquisición del coche se encargó a cualquiera de las siguientes compañías:
Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Land Rover, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Saab, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo, Dacia, Mini, Smart.

¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LAS INDEMNIZACIONES?
No existe ninguna cantidad preestablecida, dependerá en todo caso del vehículo que se haya comprado y del modelo del mismo. Lo que sabemos, es que la cantidad a percibir se trata del sobrecoste sufrido por cada comprador, por lo que se estima que se alcanzaría entre un 10 y un 12% del precio pagado en su momento.
Ya sea particular, autónomo o una empresa, póngase en contacto con AGUAR Abogados mediante nuestro teléfono o correo electrónico, y le asistiremos jurídicamente en la reclamación de su derecho

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