¿Es legal fichar en el trabajo con la huella dactilar?

 

Fichar en el trabajo con la huella dactilar: aspectos que debemos tener en cuenta.

A raíz de la obligatoriedad legal que se estableció en el año 2019, por el que las empresas debían de ejercer un control sobre la jornada laboral realizada por sus empleados, uno de los sistemas iniciales que se planteó fue el de utilización de la huella dactilar como método para garantizar el mismo.

Sin embargo, no podemos olvidar que la huella dactilar es un dato personal y, por lo tanto, su tratamiento implica cumplir con las obligaciones que establecen el RGPD y la LOPDGDD al respecto. De acuerdo con la normativa vigente, cuando un dato biométrico es procesado por medios técnicos y se usa para identificar de manera inequívoca a una persona, este tipo de dato adquiere la condición de dato de categorías especiales (art. 9 del RGPD), lo que quiere decir que su tratamiento está prohibido, y solo se podrán utilizar si se cumplen con una serie de requisitos.

Tomando en consideración lo expuesto hasta el momento, podríamos decir que fichar en el trabajo con la huella dactilar no sería del todo legal, puesto que, estamos ante la utilización de un dato de carácter biométrico, es decir, estos datos se consideran de categorías especiales.

A pesar de lo expuesto, es necesario realizar un estudio sobre la situación que se nos plantea en cada caso, y por ello, en Aguar Abogados, contamos con expertos en la materia que realizarán un análisis exhaustivo de la situación planteada, apreciando la idoneidad de la medida planteada, así como las condiciones que presenta su implantación para apreciar si se produce o no la existencia de una invasión en los derechos y libertades del usuario.

¿Qué requisitos y obligaciones debemos de tener en cuenta para que se pueda fichar en el trabajo con la huella dactilar?

Para poder proceder a su aplicación, será necesario que la mercantil cumpla con una serie de requisitos y obligaciones en relación a la normativa de protección datos para la utilización de este tipo de métodos de fichaje, y es por ello, que nuestros expertos en la materia se encargarán de analizar de manera exhaustiva el cumplimiento de todos y cada uno de estos requisitos.

Dentro de estos requisitos debemos de hacer especial consideración a los siguientes:

  • Evaluación de impacto del sistema de fichaje.
  • Se deberá de incluir el registro de la jornada laboral con la huella dactilar en el registro de actividades de tratamiento de datos.
  • Los trabajadores deben ser informados sobre este tratamiento e implantación.
  • Etc.

En AGUAR ABOGADOS, contamos con Abogados de Derecho Laboral, que te ayudarán a obtener respuestas frente a todo tipo de consultas, te asesoraran en todo momento observando las particularidades del asunto y realizarán todos aquellos trámites que sean necesarios para velar por tus intereses.

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