Juicio por delito leve

¿Qué es un delito leve?

Un delito leve es, lo que anteriormente conocíamos como falta. El delito leve se encuentra tipificado en el artículo 13 del Código Penal, que establece que los delitos leves son aquellas infracciones que se castigan con una pena leve. Alguno de los más comunes son los siguientes:

  • Lesiones leves
  • Injurias
  • Amenazas
  • Coacciones
  • Delito de hurto
  • Etc.

¿Qué peculiaridades tienen los delitos leves?

  • Los delitos leves implican antecedentes penales de hasta seis meses.
  • Los delitos leves prescriben en un año, mientras que las faltas prescribían a los seis meses.
  • Como regla general, los delitos leves no se castigan con penas de prisión, con algunas excepciones.
  • Perseguir un delito leve requiere la denuncia previa de la víctima o de su representante legal.
  • El órgano competente en los delitos leves es el juez de instrucción, salvo los casos que correspondan al juez de violencia sobre la mujer.

¿Qué tipos de penas pueden recaer sobre el sujeto infractor?

Normalmente, los delitos leves no se castigan con penas de prisión. Por ello, conllevan otro tipo de penas:

  • Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
  • Privación del derecho a la tenencia y porte de armas.
  • Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
  • Privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos.
  • Prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal.
  • Prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal.
  • Multa de hasta tres meses.
  • Localización permanente.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad.

¿Por qué es importante contar con un abogado experto en delitos leves?

Muchas veces enfrentarse a un juicio por delito leve es un proceso desconocido por el usuario, y la obtención de un mal asesoramiento, puede ocasionar la aparición de resultados más gravosos de lo que inicialmente esperábamos.

Si te ha llegado una citación del juzgado o de la policía por un juicio de delito leve, es muy recomendable acudir a un experto en la materia y contar con el asesoramiento de un abogado. Este tipo de asesoramiento es primordial independientemente de la posición que ocupes, es decir, de si eres denunciado o denunciante.

Por ello, y, aunque las penas, si resultas condenado por delito leve, son poco graves, es muy aconsejable contar con un abogado penalista experto.

¿Qué pasa si no voy a un juicio por delito leve?

En aquellos casos donde te ha llegado una citación de un juicio y finalmente decides no ir, tienes que tener en cuenta que el procedimiento seguirá adelante siempre y cuando el juez no considere necesaria tu declaración. El hecho de no acudir a un juicio, no te exime de poder acabar siendo condenado.

Además, debes de tener en cuenta que junto con la pena que te sea impuesta, te pueden condenar a el pago de una multa coercitiva que oscile entre los 200 y 2.000 euros por no justificar tu ausencia al juicio, ya seas el denunciante o el denunciado.

En aquellos casos donde nos encontremos delante de un delito privado, es decir, aquellos que solo pueden ser perseguidos mediante la denuncia del perjudicado, cabe apreciar que si el denunciante es la persona que decide no acudir al juicio, el denunciado será absuelto de los cargos automáticamente.

En AGUAR Abogados contamos con expertos especializados en materia de Derecho Penal. Contacta con nuestros abogados en Barcelona o a través de cualquiera de nuestras sedes en Castelldefels o Sitges, y con amplia experiencia en este tipo de procedimientos, que te asesorarán sobre cómo has de proceder frente a este tipo de asuntos y realizarán todos los trámites necesarios en tu nombre.

7 Comentarios

  1. María antigua

    Mi marido tiene un juicio por lesiones se ha aplazado varias veces y prescribe el 12 de septiembre pero hoy le notificaron que lo tiene para noviembre….prescribe igualmente? gracias

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    • Aguar Abogados

      Hola María: Si el juicio ya está señalado para más tarde, nada tiene que ver que prescriba (sólo hay prescripción cuando no se ha accionado contra la otra parte, pero si ha habido aplazamientos pero el procedimiento ya está en funcionamiento, no está prescrito). Puedes solicitar una cita con nosotros para que te ayudemos de manera personalizada. Muchas gracias.

      Responder
      • Vanesa

        Buenas tardes.Tengo mañana un juicio por delito leve.Como podría justificar que no puedo ir?somos afectados por la riada de Toledo,tenemos la casa inundada y nos hemos quedado sin coches.Hemos tenido que trasladarnos a una comunidad diferente de donde se celebra el juicio y no tengo como trasladarme hasta allí.Pasara algo si no me presento?puedo justificar mi ausencia por carta certificada habiéndose celebrado el juicio?
        Muchas gracias.

        Responder
        • Cristina

          Si no citan a juicio a mi abogado sino sólo a mí que soy denunciante y yo tampoco acudo, puedo solicitar nulidad si la sentencia es absolutoria?

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          • Ángel González

            Buenas tardes, estoy con libertad provisional y me an denunciado por delito leve sin lesiones, puedo ir a prisión?

  2. cristina

    Buenas. Si estoy citado a un juicio por delito leve pero mi abogado no está citado, no acudo y se dicta sentencia absolutoria, puedo instar nulidad?

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  3. Luz maria Tomas calavia

    Si soy absuelto de un de luto leve que da reflejado en alguna parte?

    Responder

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