Procedimiento para la Modificación de medidas en Divorcios

La modificación de medidas es un procedimiento judicial que lleva a cabo una comparación entre la situación existente de las partes y la familia en el momento de la sentencia de separación o divorcio y la situación actual.

Con el paso del tiempo las circunstancias personales y familiares van cambiando. El procedimiento de modificación de medidas tiene como finalidad adaptar las medidas de los hijos, las medidas económicas y las familiares a la realidad.

Así, cuando se produce un cambio de circunstancias económicas, una variación en la relación de los padres o madres o con los hijos o una novedad legislativa, se puede solicitar una modificación de medidas.

¿Cuándo procede la modificación de medidas?

El Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto y entiende que procede una modificación de las medidas que se fijaron en sentencia cuando ha habido un cambio cierto de las circunstancias.

Es necesario que dicho cambio cierto sea:

  • Permanente
  • Imprevisible
  • No buscado por quien solicita la modificación

Para que prospere la modificación de medidas, debe realizarse la comparación entre la situación que dio lugar a las medidas iniciales y la situación actual, acreditando cuáles son las circunstancias que han variado y justifican la modificación que se solicita.

Si tienes consultas, puedes contactar con nuestros Abogaos de Familia en Barcelona, y también a través de nuestras sedes en Castelldefels y Sitges.

¿Por qué supuestos se puede solicitar una modificación de medidas?

Los supuestos más frecuentes son:

  • Aumento o reducción de la pensión de alimentos
  • De custodia individual a custodia compartida
  • Ampliación del régimen de visitas
  • Extinción de la pensión compensatoria
  • Modificación del uso del domicilio familiar
  • Extinción de la patria potestad
  • Procedimiento de modificación de medidas

Modificación de medidas de mutuo acuerdo

Si las partes están conformes con la modificación a realizar, pueden firmar un convenio regulador de modificación de medidas.

El convenio regulador puede ser elaborado por un letrado para ambas partes o por dos letrados en caso de que existan algunas discrepancias. Lo importante es que haya un buen asesoramiento especializado para que ambos tengan la seguridad de saber qué están firmando y cómo les afecta a ellos y a sus hijos.

Una vez firmado el convenio regulador, se presentará una demanda de modificación de medidas de mutuo acuerdo y el Juzgado llamará a las partes a ratificar.

Realizado el trámite, si el Ministerio Fiscal da el visto bueno al convenio aportado (lo hará si no es perjudicial para los menores), el Juez dictará sentencia homologando el acuerdo y con ello se modificará la sentencia anterior.

Procedimiento contencioso de modificación de medidas

Se inicia con la demanda de quien pretenda la modificación. Cuando la demanda se notifique a la otra parte, tendrá 20 días hábiles para contestar. Podrá oponerse a cada una de las pretensiones del demandante y si lo considera oportuno, podrá reconvenir, es decir, realizar solicitudes propias aunque no las haya planteado la otra parte.

¿Se pueden solicitar Medidas provisionales en modificación de medidas?

Cuando se solicita la modificación de medidas y se presentan pruebas cuya práctica llevará tiempo en el Juzgado, es conveniente solicitar medidas provisionales.

¿Desde cuándo se aplica la modificación de medidas?

Las sentencias tienen efecto desde que se dictan, no desde que se interpone la demanda, es decir, no tienen efecto retroactivo.

El efecto retroactivo de la pensión de alimentos, por ejemplo, solo se aplica en los procedimientos iniciales, de separación o divorcio. En este caso, si se acuerda una pensión de alimentos tendrá efecto desde la interposición de la demanda.

Por el contrario, si solicitamos extinción o la reducción de la pensión de alimentos hay que tener en cuenta que la misma no podrá dejar de abonarse hasta que se haya dictado la sentencia de modificación de medidas.

En Aguar Abogados contamos con expertos en Derecho de familia, que garantizarán la obtención de un correcto asesoramiento en la materia en cuestión, ejerciendo todas las acciones y trámites que se consideren oportunos, con la finalidad de satisfacer las pretensiones del cliente en la mayor medida. Todo ello mediante la realización de un análisis exhaustivo de cada uno de los supuestos que se nos presenten.

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