Reclamación previa por accidente de tráfico

Cuando sufrimos un accidente de tráfico y fruto de este se produce la aparición de unas lesiones, secuelas, etc. tenemos derecho a solicitar una reclamación por los daños causados, siempre y cuando no hayamos sido nosotros los sujetos que hayamos provocado el accidente.

Por ello, en aquellos casos donde seamos las víctimas, y antes de acudir a la vía judicial para solicitar esta reclamación pecuniaria, debemos de ejercer de manera obligatoria lo que conocemos como reclamación previa por accidente de tráfico.

Así que para reclamar la indemnización por daños materiales y personales derivados de un accidente de tráfico primero habrá que presentar una reclamación extrajudicial a la compañía de seguros del culpable del siniestro.

¿Qué es y cómo funciona la reclamación previa por accidente de tráfico?

La reclamación previa por accidente de tráfico debe de ser entendida como aquel trámite extrajudicial que ejercer el perjudicado, con la finalidad de poner en conocimiento de la aseguradora las circunstancias del siniestro, las lesiones y secuelas sufridas, así como la indemnización que considera que tiene derecho a reclamar.

Hay que tener en cuenta que la reclamación previa por accidente de tráfico, siempre se deberá presentar ante la aseguradora del sujeto que haya ocasionado el accidente.

¿Qué contenido debe presentar la reclamación previa por accidente de tráfico?

Según lo expuesto a lo largo de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor , esta reclamación extrajudicial debe contener:

  • Identificación y los datos relevantes.
  • Una declaración sobre las circunstancias del hecho.
  • Identificación del vehículo y del conductor que hubiesen intervenido en la producción del mismo (si se conocen).
  • También deberá de aportar toda la información médica asistencial o pericial o de cualquier otro tipo, mediante la que se pueda cuantificar los daños.

Las partes afectadas en el siniestro, los perjudicados y entidades aseguradoras podrán pedir los atestados e informes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que recojan las circunstancias del accidente.

¿Qué supone la presentación de esta reclamación previa por accidente de tráfico?

Esta reclamación interrumpirá el cómputo del plazo de 1 año, que es el tiempo que tenemos para reclamar al asegurador desde que se conoce el alcance de los daños.

Tal interrupción se prolongará hasta que la compañía aseguradora notifique al perjudicado la oferta o respuesta motivada definitiva.

¿Qué plazo tiene la aseguradora para contestar a la reclamación?

Tanto si se trata de daños personales como materiales el asegurador tiene 3 meses para presentar al perjudicado una oferta motivada de los daños sufridos, o bien rechazar las pretensiones expuestas por dicha parte.

La compañía aseguradora presentará una oferta motivada en relación a los daños sufridos por el perjudicado, cuando considere que ha quedado acreditada de manera fehaciente la responsabilidad de su asegurado en el accidente, y siempre que los daños puedan ser cuantificados de manera adecuada.

Por ello, si considera que la documentación presentada por el perjudicado no es suficiente podrá, solicitar previamente los informes periciales que considere oportunos.

¿Me pagarán intereses si no me contestan o no me pagan en plazo?

En aquellos supuestos en los que haya transcurrido el plazo de 3 meses sin que se haya obtenido contestación alguna por parte de la aseguradora si existir causa justificada, se deberán de devengar los intereses de demora que se consideren oportunos en cada caso..

Del mismo modo, la aseguradora deberá de hacer frente al pago de estos intereses de demora, en aquellos supuestos en los que tras haber aceptado la oferta, la aseguradora no ejerce el pago de la indemnización acordada en un plazo no superior a 5 días, o bien no se consigne el pago de la cantidad ofrecida.

¿Qué requisitos debe cumplir la oferta motivada para que sea válida?

Si la aseguradora presenta una oferta motivada, esta deberá de contener:

  • Una propuesta de indemnización por los daños en las personas y en los bienes que pudieran haberse derivado del siniestro. Si existen daños personales y materiales se indicará de forma separada la valoración y la indemnización.
  • Los daños y perjuicios causados a las personas se calcularán según los criterios e importes que se recogen en el Baremo del Real Decreto Legislativo 8/2004, tomando como referencia el año del accidente.
  • Contendrá, de forma desglosada y detallada, los documentos, informes o cualquier otra información de que se disponga para la valoración de los daños, incluyendo el informe médico definitivo, e identificará aquéllos en que se ha basado para cuantificar de forma precisa la indemnización ofertada.

Si la indemnización ofrecida y percibida fuera de cuantía inferior a la que legalmente nos corresponde, se podrá ejercer las acciones de reclamación que se consideren pertinentes en el futuro, por lo que su aceptación no supone una renuncia al ejercicio de acciones futuras.

¿Qué pasa si la aseguradora rechaza la reclamación previa pro accidente de tráfico?

Cuando la compañía rechace la reclamación, deberá de dar una respuesta motivada cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Exponer los motivos por los que se rechaza la reclamación previa.
  • Y presentar toda aquella Información y documentación que justifique el rechazo de la misma.

¿Qué hacer si no estás conforme con la respuesta de la aseguradora?

Cuando la oferta no sea satisfactoria para el perjudicado, las partes, de común acuerdo y a costa del asegurador, podrán pedir informes periciales complementarios. Asimismo, el perjudicado también podrá solicitar informes periciales complementarios, de manera independiente, pero los gastos correrán a su costa.

Esta solicitud de intervención pericial complementaria obligará al asegurador a efectuar una nueva oferta motivada en el plazo de 1 mes desde la entrega del informe pericial complementario.

¿Qué pasa si no se llega a un acuerdo?

Si después de todo, no se alcanza un acuerdo, hay dos opciones:

  • Solicitar un procedimiento de mediación para intentar solucionar la controversia
  • Interponer una demanda por vía judicial para la reclamación de los daños y perjuicios correspondientes.

En Aguar Abogados contamos con Abogados de accidentes de tráfico, profesionales expertos, que tras realizar un examen exhaustivo del accidente de tráfico en cuestión, te asesoraran para que puedas proceder de la manera más adecuada posible, realizando todas y cada una de las gestiones que se consideren oportunas, encaminadas a la obtención de una indemnización que garantice la satisfacción de las pretensiones presentadas por el perjudicado.

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