En el mundo actual, las oportunidades laborales pueden presentarse en cualquier momento y lugar. No es raro recibir una oferta profesional en otra ciudad que puede suponer un avance importante para la carrera de una persona. Sin embargo, cuando quien recibe esa oferta es un progenitor con custodia exclusiva de un hijo menor, la decisión de trasladarse no puede tomarse a la ligera.
Más allá de los aspectos logísticos y emocionales, existe una normativa legal que regula este tipo de situaciones con un objetivo claro: proteger el interés superior del menor. Por tanto, si te estás preguntando: «¿Si tengo la custodia puedo irme a vivir a otra ciudad por trabajo?» , la respuesta no es un simple “sí” o “no”, sino un “depende” que conviene analizar con cuidado. En este artículo, desde Aguar Abogados, te explicamos cómo se regula esta cuestión tanto a nivel estatal en España como en el caso particular de Cataluña.
¿Qué dice la legislación estatal sobre cambiar de ciudad por trabajo teniendo la custodia?
En el ámbito estatal, el Código Civil regula el ejercicio de la patria potestad, que no se extingue aunque uno de los progenitores tenga la custodia exclusiva. La patria potestad es compartida por ambos padres (salvo casos excepcionales), y abarca las decisiones más relevantes en la vida del menor, como puede ser un cambio de residencia que altere su entorno habitual.
Artículo 154 del Código Civil
Este artículo habla sobre el ejercicio de la patria potestad, estableciendo en su punto 3º que los progenitores, mediante su ejercicio de patria potestad, decidirán “el lugar de residencia habitual de la persona menor de edad, que solo podrá ser modificado con el consentimiento de ambos progenitores o, en su defecto, por autorización judicial”
Por tanto, si el progenitor con custodia desea mudarse a otra ciudad, deberá contar con:
- El consentimiento del otro progenitor, o
- En caso de no haber acuerdo, una autorización judicial.
No hacerlo podría ser considerado una actuación contraria a derecho, incluso llegando a tener consecuencias legales que afecten a la custodia.
Artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Este artículo contempla la posibilidad de solicitar una modificación de las medidas judiciales previamente establecidas (como la custodia o el régimen de visitas) cuando haya un cambio sustancial en las circunstancias. Un traslado por motivos laborales puede considerarse uno de esos cambios.
En estos casos, el juez valorará si la mudanza responde a una necesidad real (como una oferta de trabajo estable), y sobre todo, si es compatible con el interés del menor. También se tendrá en cuenta cómo afectará al régimen de visitas, a la escolarización del niño, su entorno familiar y social, y el vínculo con el otro progenitor.
Ejemplo práctico
Imaginemos una madre con custodia exclusiva que recibe una oferta de empleo en otra ciudad a 400 km de distancia. El padre, que hasta ahora tenía un régimen de visitas de fines de semana alternos, no está de acuerdo con el traslado. En ese caso, la madre deberá acudir a los tribunales para solicitar autorización, justificando que el cambio es positivo para ella y para el menor. El tribunal evaluará si el beneficio económico y profesional compensa el impacto sobre el niño y su relación con el padre.
¿Y qué ocurre en Cataluña si quieres mudarte con tu hijo por motivos laborales?
En Cataluña, esta situación se regula por el Código Civil de Cataluña (CCCat), que tiene algunas particularidades respecto a la normativa estatal. Aunque también se protege el interés superior del menor, existen matices importantes que conviene conocer.
Artículo 236-11 del Código Civil de Cataluña
Este artículo, en su punto 6, establece que, si el cambio de domicilio de los hijos menores implica alejarlos de su entorno habitual, se requiere:
- El acuerdo entre ambos progenitores, o
- En su defecto, una autorización judicial.
Sin embargo, el CCCat introduce un elemento diferenciador: si uno de los progenitores comunica formalmente su intención de trasladarse y el otro no se opone en el plazo de 30 días, se entiende que ha otorgado su consentimiento de forma tácita. Esto supone un mecanismo que puede agilizar el proceso, siempre que exista buena fe y voluntad de diálogo entre las partes.
Este sistema evita, en cierta medida, el uso instrumental del desacuerdo como forma de bloqueo, y ofrece una vía más clara para tomar decisiones importantes, siempre bajo supervisión judicial si surge conflicto.
Ejemplo práctico en Cataluña
Un padre con custodia exclusiva en Barcelona recibe una oferta de trabajo en Girona. Comunica por escrito su intención de trasladarse y notifica a la madre, que reside en Barcelona. Si la madre no responde en el plazo de 30 días, se considera que ha dado su consentimiento de forma implícita. Si se opone, el padre deberá acudir al juez para solicitar el permiso.
¿Qué debes hacer si te encuentras en esta situación?
En conclusión, tanto en el ámbito estatal como en Cataluña, un progenitor con custodia no puede decidir de forma unilateral mudarse a otra ciudad con su hijo menor si este cambio afecta significativamente al entorno del menor. La ley establece mecanismos para garantizar que se respete el vínculo con el otro progenitor y, sobre todo, el bienestar del niño.
Aunque las normativas estatales y catalanas comparten el mismo objetivo, la regulación catalana ofrece ciertos procedimientos más ágiles, como el consentimiento tácito tras la notificación. No obstante, en ambos casos, se necesita actuar con responsabilidad, transparencia y, cuando sea necesario, con el respaldo de un juez.
Si estás valorando un cambio de ciudad por motivos laborales y tienes la custodia de tu hijo, desde Aguar Abogados te recomendamos encarecidamente que cuentes con asesoramiento jurídico especializado. Un paso mal dado puede acarrear consecuencias legales importantes, desde la modificación del régimen de custodia hasta sanciones por incumplimiento de medidas judiciales.
Contáctanos y déjanos ayudarte a tomar la mejor decisión, con seguridad jurídica y la tranquilidad de estar bien asesorado.


0 comentarios