Abogados especializados en conflictos entre socios
Cuando los intereses dejan de ser comunes, necesitas proteger los tuyos
Un conflicto entre socios puede afectar a decisiones clave, limitar tu capacidad de actuación o poner en riesgo el valor de tu participación.
Cuando esto ocurre, ya no está en juego solo la relación entre socios, sino tu posición y tus intereses dentro de la sociedad.
En Aguar Abogados analizamos el conflicto, tus derechos y las vías disponibles para protegerlos.
- Impugnación de acuerdos sociales.
- Defensa del socio minoritario.
- Separación de socios.
- Exclusión de socios.
- Negociación de la salida de un socio.
- Resolución de bloqueos societarios.
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Cuando el problema no es la empresa. Es la relación entre quienes la controlan.
Muchos conflictos societarios empiezan mucho antes de que alguien pronuncie la palabra “demanda”. Empiezan:
- Cuando dejas de recibir determinada información.
- Cuando las juntas se convierten en una sucesión de votaciones con el resultado decidido de antemano.
- Cuando aparecen operaciones que no entiendes.
- Cuando año tras año hay beneficios, pero nunca parece ser el momento de repartir dividendos.
- Cuando descubres que tener un porcentaje de una empresa no significa necesariamente tener el poder que pensabas que tenías.
En un conflicto entre socios, reaccionar no es suficiente. Necesitas una estrategia.
Primero analizamos tu posición: mayorías, estatutos, pactos, acuerdos y derechos. Después, definimos el objetivo.
Porque defender tu permanencia, impugnar un acuerdo, resolver un bloqueo o salir de la sociedad exige estrategias diferentes.
Impugnación de acuerdos sociales
Tener la mayoría no permite adoptar cualquier acuerdo.
Un acuerdo aprobado por mayoría puede ser impugnable si vulnera la ley, los estatutos o lesiona el interés social. También cuando la mayoría actúa de forma abusiva, en interés propio y causando un perjuicio injustificado a los demás socios.
En Aguar Abogados analizamos el acuerdo, las mayorías, los estatutos y las circunstancias en las que se adoptó para determinar si existen fundamentos para impugnarlo y proteger tus derechos como socio.
En estos casos, actuar a tiempo es esencial: con carácter general, el plazo para impugnar un acuerdo social es de un año, con las excepciones previstas legalmente.
Defensa del socio minoritario
Tener menos votos no significa tener menos derechos.
Un socio minoritario puede defenderse frente a acuerdos o actuaciones de la mayoría que vulneren sus derechos o perjudiquen injustificadamente sus intereses.
Analizamos los acuerdos adoptados, los estatutos y los derechos políticos y económicos del socio para determinar qué acciones pueden ejercerse frente a posibles situaciones de abuso de mayoría.
El objetivo es proteger tu participación y reforzar tu posición dentro de la sociedad.
Resolución de bloqueos societarios
Cuando el desacuerdo entre socios impide tomar decisiones.
Un bloqueo societario se produce cuando el enfrentamiento entre los socios impide adoptar acuerdos necesarios para el funcionamiento de la sociedad. Es especialmente relevante en empresas con dos socios al 50 %.
En Aguar Abogados, analizamos los estatutos, los pactos entre socios y la estructura del órgano de administración para determinar las alternativas disponibles: negociar un acuerdo, reorganizar la relación societaria, plantear la salida de un socio o acudir a las vías legales correspondientes.
El objetivo es resolver el bloqueo antes de que sus consecuencias comprometan aún más la actividad de la sociedad.
Separación de socios
Cuando continuar en la sociedad deja de ser la opción adecuada.
El derecho de separación del socio permite abandonar la sociedad en determinados supuestos previstos por la ley o los estatutos. La voluntad de salir, por sí sola, no implica que pueda ejercerse este derecho.
Estudiamos si existe una causa de separación, los requisitos aplicables y sus consecuencias para proteger tus derechos y el valor de tu participación durante el proceso de salida.
Exclusión de socios
Cuando está en juego la permanencia de un socio en la sociedad.
La exclusión de un socio solo puede plantearse cuando existe una causa que permita fundamentarla y se cumplen los requisitos correspondientes. Un simple desacuerdo entre socios no justifica por sí mismo una exclusión.
Asesoramos tanto en procedimientos dirigidos a excluir a un socio como en la defensa de quien considera que su exclusión carece de fundamento.
Analizamos la causa, el procedimiento y sus consecuencias para proteger los intereses afectados.
Negociación de la salida de un socio
Una salida acordada también necesita protección jurídica.
La salida de un socio de una empresa puede negociarse cuando las partes deciden poner fin a su relación societaria sin prolongar el conflicto.
Negociamos aspectos esenciales como el valor de las participaciones, el precio y forma de pago, las garantías, las responsabilidades pendientes y las obligaciones posteriores a la salida.
El objetivo es alcanzar un acuerdo que permita cerrar la relación societaria con seguridad y reducir el riesgo de nuevos conflictos entre los socios.
Preguntas frecuentes relacionadas con conflictos entre socios
¿Mi socio puede obligarme a vender mis participaciones?
Con carácter general, un socio no puede obligar a otro a vender sus participaciones por su sola voluntad. Sin embargo, pueden existir previsiones legales, estatutarias o pactos entre socios que afecten a la transmisión o permanencia en la sociedad y que deben revisarse en cada caso.
¿Qué ocurre si firmamos un pacto de socios y ahora uno de nosotros no lo cumple?
Habrá que analizar el contenido del pacto, las obligaciones asumidas y las consecuencias previstas para su incumplimiento. También es importante comprobar la relación entre lo acordado en el pacto de socios y lo establecido en los estatutos sociales.
¿Puedo vender mis participaciones a un tercero si la relación con mis socios se ha deteriorado?
No siempre libremente. La transmisión de participaciones sociales puede estar sometida a restricciones legales, estatutarias o contractuales, por lo que conviene comprobarlas antes de negociar una venta con un tercero.
¿Qué ocurre con mis avales personales si dejo de ser socio?
La salida de la sociedad no supone necesariamente la desaparición de los avales o garantías personales que hayas prestado. Su cancelación o sustitución debe analizarse y, cuando sea necesario, negociarse expresamente con las partes o entidades implicadas.
¿Dejar de ser socio me libera de las responsabilidades que pueda tener como administrador?
No necesariamente. La condición de socio y la de administrador son jurídicamente distintas. Haber transmitido las participaciones o abandonar la sociedad no elimina por sí solo las posibles responsabilidades derivadas de actuaciones realizadas durante el ejercicio del cargo de administrador.
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