Custodia compartida de mascotas: cuándo se concede y cómo se regula

En los procesos de separación o divorcio, una de las dudas más habituales es qué ocurre con la mascota de la familia. Cada vez es más frecuente que los tribunales tengan que decidir sobre su cuidado, especialmente desde que la ley reconoce a los animales como seres sintientes.

En este artículo explicamos cuándo puede concederse la custodia compartida de mascotas y cómo se regula en estos casos.

Cuando se concede la custodia compartida de mascotas

La custodia compartida de mascotas se concede en el marco de procesos de nulidad, separación o divorcio matrimonial, cuando se determina que esta modalidad beneficia tanto al bienestar del animal como al interés de los miembros de la familia, reconociendo a las mascotas como seres sintientes según la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, que entró en vigor el 5 de enero de 2022. Esta forma de custodia supone un reparto alterno de tiempos de convivencia y cuidados, parecida a la custodia compartida de hijos, pero adaptada a las necesidades específicas del animal.

En los procesos de divorcio es habitual preguntarse qué ocurrirá con la mascota. Si quieres conocer las distintas opciones legales, puedes consultar también nuestro artículo sobre qué va a pasar con mi mascota si me divorcio.

Criterios judiciales para su concesión

Los jueces evalúan si otorgar la custodia compartida basándose en el artículo 94 bis del Código Civil, introducido por la Ley 17/2021, que prioriza el bienestar del animal y el interés familiar por encima de la propiedad. No se trata de una división de bienes, sino de una medida protectora que tiene en cuenta el cuidado del animal y su rol en la dinámica familiar. La custodia compartida se otorga cuando los dos ex cónyuges muestran disposición y capacidad para cuidar al animal de igual forma, y cuando los traslados no generan estrés innecesario al animal. Además, normalmente se alinea con el régimen de custodia de hijos menores, permitiendo que el animal acompañe a los niños en los periodos en los que tiene que permanecer con cada ex cónyuge.

Factores determinantes

Entre los factores clave que influyen en la decisión judicial destacan:

  • Bienestar del animal: Se evalúa la salud física y emocional, las condiciones de vivienda y la evitación de daños por traslados frecuentes.
  • Vínculo emocional: El grado de apego con cada ex cónyuge y con los hijos.
  • Capacidad económica y de cuidado: La disponibilidad temporal, conocimientos sobre el animal y la capacidad para asumir gastos, cuando puedan ser repartidos de forma proporcional.
  • Dedicación previa: Quién ha asumido previamente sus cuidados, facturas veterinarias o paseos,son factores que favorecen a una custodia más equilibrada si ambos han participado.

Casos en los que no se concede

La custodia compartida se deniega cuando pueda perjudicar al animal o a la familia, hecho que puede darse en las siguientes situaciones:

  1. Maltrato o negligencia: Antecedentes de violencia animal, abandono o incumplimiento de obligaciones de cuidado, vinculados incluso a violencia doméstica, en virtud del artículo 92 del Código Civil.
  2. Incompatibilidad: Si los traslados frecuentes causan estrés al animal o si las viviendas de ambos ex cónyuges están muy distantes, lo que podrá provocar que se opte por una custodia exclusiva.
  3. Falta de disposición: Si uno de los cónyuges no quiere o no puede asumir el cuidado del animal, se asigna al otro de forma exclusiva.

Procedimiento para solicitarla en un proceso de divorcio o separación

La solicitud se integra en el proceso de nulidad, separación o divorcio matrimonial, pudiendo ser de diferentes tipos:

Acuerdo mutuo: A través de un convenio regulador donde se detalla el reparto de tiempos, visitas y gastos. Puede homologarse judicialmente o extrajudicialmente (ante notario o letrado de la administración de justicia) si no hay perjuicio al animal.

Decisión judicial: En casos contenciosos, se solicita en la demanda de divorcio o separación. El juez, tras audiencia de las partes y pruebas, peritajes y testigos, dicta sentencia fijando la custodia, con posibilidad de medidas provisionales urgentes.

Modificaciones: Pueden revisarse si cambian las circunstancias, mediante un procedimiento de modificación de medidas.

Como se regula la custodia compartida de mascotas

La regulación de la custodia compartida de mascotas en España se enmarca principalmente en la Ley 17/2021, que modifica el Código Civil para reconocer a los animales como seres sintientes y establece mecanismos para su cuidado en caso de crisis familiar. La custodia compartida de mascotas implica un reparto equitativo de tiempos de convivencia, cuidados y gastos, priorizando el bienestar del animal y el interés familiar.

Acuerdos extrajudiciales: convenios reguladores y mediación

La custodia compartida puede regularse de mutuo acuerdo a través de un convenio regulador, donde los cónyuges detallan el destino del animal, el reparto de tiempos de convivencia y cuidado, así como las cargas asociadas (gastos veterinarios, alimentación, etc.). Este acuerdo puede homologarse judicialmente o extrajudicialmente (ante notario o letrado de la administración de justicia) si no hay hijos menores o se cumple con los requisitos formales, siempre que no perjudique al bienestar del animal. La mediación familiar es una vía recomendada para alcanzar estos pactos, facilitando el diálogo y evitando recurrir a la vía judicial, con el apoyo de mediadores especializados en derecho de familia que incorporen consideraciones sobre el animal. En ausencia de acuerdo, el juez interviene para resolver la disputa.

Decisión judicial: rol del juez y peritajes veterinarios

En procedimientos contenciosos, el artículo 94 bis del Código Civil faculta al juez a confiar el cuidado del animal a uno o ambos cónyuges, estableciendo un régimen de custodia compartida si beneficia al bienestar del animal y a la familia. El juez evalúa factores como los expuestos anteriormente y, para fundamentar su decisión, puede requerir peritajes veterinarios o informes de expertos en comportamiento animal que asesoren sobre el impacto de los traslados o el estrés potencial en el animal.

Aspectos prácticos

La regulación práctica incluye:

  • Calendario de visitas y convivencia: Periodos alternos (semanas, quincenas o meses), adaptados a las necesidades del animal y las rutinas familiares, con posibilidad de régimen de visitas para el cónyuge no principal.
  • Reparto de gastos: Proporcional a la capacidad económica, cubriendo alimentación, veterinario, seguros, peluquería y otros cuidados, pudiendo incluir una pensión alimenticia para el animal.
  • Responsabilidad por daños: Cada cónyuge responde por daños causados durante su periodo de custodia, y se regulan los traslados para minimizar estrés.

Modificaciones y revisiones de la custodia

La custodia compartida no es inmutable y puede modificarse mediante un procedimiento de modificación de medidas, en virtud del artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si cambian las circunstancias, como mudanzas, variaciones en la salud del animal o alteraciones en la capacidad de cuidado de los dueños. Cualquiera de las partes puede solicitarla presentando pruebas de los nuevos hechos y el juez reevaluará el caso priorizando el bienestar del animal, pudiendo dictar medidas provisionales urgentes en casos de riesgo inmediato para el animal, tal y como establece el artículo 771 LEC.

Ejemplos y casos reales

En 2019, el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid concedió la custodia compartida de un perro llamado “Cachas” a una pareja separada. Esta resolución, que fue anterior a la reforma legal pero que influyó a ésta, estableció que los animales de compañía pueden ser objeto de custodia alterna en separaciones, priorizando el vínculo afectivo y el cuidado compartido, considerando al animal como un “ser dotado de sensibilidad” y no como un simple bien mueble a dividir.

Desde la entrada en vigor de la Ley 17/2021, los juzgados españoles han emitido fallos que reconocen a las mascotas como seres sintientes, como el que emitió, en 2021, el Juzgado de 1ª Instancia número 11 de Madrid, otorgando la custodia compartida de un perro llamado “Panda” a una pareja separada. En esta sentencia, el juez reconoció la «corresponsabilidad» y el «vínculo afectivo» de ambos ex cónyuges con el animal y estableció periodos alternos de un mes en cada domicilio.

Otro gran ejemplo es del de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera 1ª número 68 de Madrid, en 2024, que concedió la custodia compartida de un husky siberiano llamado «He-Man», junto con una indemnización de 600 euros (60€/mes) por daños morales a la ex pareja que fue privada de contacto durante 10 meses.

FAQs sobre la custodia compartida de mascotas

¿Quién se queda con la mascota si está a nombre de uno solo?

Aunque el microchip, contrato de adopción o factura esté a nombre de una persona, ese no es el único criterio, el juez puede valorar factores como quién se ha ocupado realmente del cuidado diario, quién pagaba gastos habituales, quién tiene mayor vínculo afectivo o qué opción favorece más el bienestar del animal. De este modo, el registro de la mascota a nombre de un ex cónyuge es un factor a valorar, pero no es decisivo.

¿Qué pasa si uno incumple el régimen de visitas?

Si el acuerdo está en documento privado, éste se puede reclamar civilmente. En cambio, si el acuerdo está en un convenio regulador aprobado judicialmente, éste se deberá ejecutar judicialmente. En todo caso, el incumplimiento reiterado puede llevar a modificar la custodia.

¿Puede uno llevarse la mascota al extranjero sin permiso?

No debería hacerlo si hay custodia compartida, si lo hace sin consentimiento puede considerarse incumplimiento, puede pedirse restitución judicial e incluso podría tener consecuencias civiles o penales, según el caso.

¿Qué pasa si uno tiene nueva pareja y la mascota no se adapta?

El juez puede valorar las condiciones del nuevo hogar, el espacio disponible, la convivencia con otros animales y el riesgo para su bienestar. Por lo tanto, el cambio no invalida la custodia, pero puede influir.

Custodia compartida de mascotas: claves finales y asesoramiento legal

La custodia compartida de mascotas en España pone en claro una evolución del derecho civil, impulsado por la Ley 17/2021, que transforma la percepción de los animales de simples objetos a seres sintientes con derechos. De este modo, la custodia compartida de mascotas se concede en contextos de crisis matrimoniales cuando beneficia al animal y a la familia, evaluando factores como el vínculo emocional, la capacidad de cuidado y la evitación de estrés, y se regula mediante acuerdos extrajudiciales o decisiones judiciales que detallan calendarios de convivencia, reparto de gastos y responsabilidades. Los casos reales, desde «Cachas» en 2019 hasta «He-Man» en 2024, ilustran una tendencia jurisprudencial hacia la protección animal, alineada con el interés superior del ser vivo, y demuestran que, aunque no es automática, esta custodia fomenta la corresponsabilidad y reduce conflictos al priorizar el apego mutuo de los ex cónyuges con el animal sobre la propiedad.

Si tienes dudas sobre si la custodia compartida es la mejor opción para el cuidado de tu mascota y necesitas asesoramiento, en nuestro despacho contamos con abogados especializados que pueden ayudarte a proteger tus intereses.

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